La Audiencia de Palma amonesta a Urdangarin por sus provocaciones al juez
La Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, que será la encargada de juzgar a Iñaki Urdangarin, ha confirmado en un auto la procedencia de la investigación fiscal de los años 2003 a 2005 de las declaraciones de la renta y sociedades del Instituto Nóos, rechazando el recurso del duque de Palma, a quien reprocha "las provocaciones y suspicacias" que rezuman sus escritos.
En su resolución, a la que ha tenido acceso Público, la Sala examina el recurso planteado por Urdangarin contra el acuerdo del juez instructor, José Castro, de septiembre de 2012, de librar oficio a la Delegación Especial de la Administración Tributaria de Catalunya para que, entre otros particulares, informara de las declaraciones fiscales --de IRPF o sociedades--presentadas por el Instituto Nóos en los ejercicios de 2003 a 2010. El juez accedía así a una petición de la Fiscalía Anticorrupción.
Sin embargo, Urdangarin afirmaba que "los ejercicios fiscales 2003 a 2005, inclusive, están legal y objetivamente prescritos, por lo que no es posible ni solicitar, ni obtener, dato fiscal alguno, porque la Ley Tributaria y penal lo prohíben de manera expresa".
Tanto la Fiscalía como el juez sostenían la procedencia de pedir esos datos, ya que podían ser valorados a efectos distintos al de delito fiscal, ya que Urdangarin está imputado por más conductas delictivas. El duque insistía en que posibles delitos fiscales de los ejercicios 2003, 2004 y 2005 estarían prescritos y que no era factible ni investigarlos ni aportarlos a la caua ni valorarlos a efectos distintos.
La Sala rechaza el recurso de Urdangarin, primero, porque contra la resolución del Juzgado de Instrucción que acuerda la práctica de pruebas que estime pertinentes en relación con el objeto del juicio, no cabe recurso alguno.
Pero además, subraya que, aunque se hubiese extinguido la responsabilidad penal de un delito fiscal, "en la presente causa se investigan varios delitos de carácter económico para los que puede resultar necesaria e imprescindible la información que se solicita a la Administración Tributaria".
El tribunal señala que comparte la apreciación del juez instructor de aportar los datos a la causa por si "reflejan la comisión de otro tipo de delitos en los que no operaría la prescripción que se alega".
En ese sentido, la Sala destaca que el fiscal justificó la petición de informe a la Agencia Tributaria en la finalidad de determinar los medios presuntamente utilizados por los representantes de Nóos (entre los que se encuentra Urdangarin) para desviar los fondos públicos obtenidos (6,1 millones de euros) hacia otras sociedades mercantiles.
En cualquier caso, el tono del recurso de Urdangarin no gusta al tribunal, que destaca, ante "las suspicacias reflejadas por la defensa del imputado", que las diligencias sumariales no son prueba de hechos, "pues será el tribunal, quien apreciando según su conciencia las pruebas practicadas en el juicio, las razones expuestas por la acusación y defensa y lo manifestado por los mismos procesados, dictará sentencia dentro de los términos fijados en la Ley".
"El derecho de defensa --le dice la Audiencia a Urdangarin-- no implica poner en tela de juicio todas y cada una de las decisiones del juez instructor, sino sólo aquéllas que se hayan adoptado sin observar las garantías constitucionales, y evidentemente no es éste el caso que nos ocupa".
Urdangarin añadía en su recurso una petición a la Sala para que obligase a rectificar al juez Castro en su auto por considerar que estaba haciendo una "investigación prospectiva de su representado".
La Audiencia no accede y aprovecha para censurar el tono de los recursos del duque: "Partiendo de la base de que esta Sala carece de cualquier tipo de competencia disciplinaria, es lo cierto que, a tenor de las provocaciones e insinuaciones que se contienen en los múltiples escritos de la (parte) recurrente --aún cuando se hagan siempre bajo la alusión al máximo respeto y al derecho de defensa-- no consideramos que proceda acordar, en ningún caso, conforme a lo solicitado".
Urdangarin y a su exsocio Diego Torres tienen hasta la medianoche de hoy para constituir la fianza de casi 8,2 millones de euros que les impuso la semana pasada el juez José Castro, que investiga el presunto desvío de fondos públicos de Baleares y la Comunidad Valenciana a través del Instituto Nóos.
A falta de unas horas para que se cumpla el plazo no hay ningún indicio o movimiento que indique que el yerno del rey vaya a hacer frente a la fianza. El pasado lunes, el abogado de Urdangarin reconoció que el asunto "pinta feo". Ayer, el letrado del duque, Pascual Vives recurrió el pago de la fianza, lo cual no exime a Urdangarin de hacer frente al pago antes de que finalice el plazo si no quiere que se proceda al embargo de sus bienes.
Pascual Vives ha asegurado en declaraciones a los periodistas a las puertas de su despacho que todavía no ha alcanzado un acuerdo "en firme" con el abogado de Torres, Manuel González Peeters, sobre cómo harán frente a la fianza.
Si a medianoche el marido de la infanta Cristina y su exsocio no hubieran satisfecho la fianza, el juzgado puede iniciar el proceso conocido como "apremio" e iniciar los trámites para proceder al embargo de sus bienes hasta cubrir los casi 8,2 millones de euros.
Según han indicado fuentes judiciales, la medianoche del lunes concluyó el plazo para que los afectados presentaran recurso de reforma contra la fianza al propio juez Castro, aunque tienen toda la jornada de hoy para interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial.
El pasado día 30, el titular del Juzgado de Instrucción número 3 de la capital balear ordenó al duque de Palma y a Torres aportar, de forma solidaria, 8.189.448,44 euros en concepto de fianza de responsabilidad civil por las posibles responsabilidades que pudieran atribuirse a ambos en el caso Nóos.
La cifra, que se ajusta con exactitud a lo que habían solicitado la Fiscalía y la acusación popular que ejerce el Sindicato Manos Limpias, corresponde a los fondos públicos de Baleares y la Comunidad Valenciana percibidos por Nóos entre 2004 y 2007 por diversos contratos presuntamente irregulares, más un tercio añadido de esa cantidad como se hace habitualmente en cálculos procesales.
En el auto en el que impuso la fianza, el juez instructor del caso Nóos señaló que en la causa hay "más que suficientes indicios de criminalidad" en la actuación de Urdangarin y Torres al frente del Instituto Nóos.
Apuntó a la comisión por parte de ambos de los delitos de falsedad documental, prevaricación administrativa, malversación de fondos públicos, fraude a la Administración y tráfico de influencias en varios de los convenios que suscribieron a través de Nóos.
En el auto, el juez Castro detalló numerosas irregularidades en los convenios firmados entre el Instituto Nóos y las administraciones públicas, que calificó de "transgresiones palmarias" de la ley.
Además acusó a los principales imputados de crear la entidad como supuesta asociación cuando estaba presidida por un "desmedido ánimo de lucro".
Ayer, el abogado Pascual Vives aseguró que está preparando con Urdangarin su declaración del 23 de febrero ante el juez Castro, y ha asegurado no saber si el abogado de Torres puede estar preparando la entrega de nuevos correos electrónicos que impliquen a la Infanta Cristina.
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